Micelio
Auto24 de junio de 2026

A-840 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU-396 de 2024 presentada por el Club , por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR la solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU-396 de 2024 a la Sala de Decisi�n de Tutelas n.� 1 de la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia para que proceda conforme a su competencia.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretar�a General, COMUNICAR la presente providencia a las partes y a los terceros con inter�s leg�timo.
  4. CUARTO. ADVERTIR al peticionario que contra esta decisi�n no procede recurso alguno. Notif�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado Con impedimento aceptado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Corte Constitucional, Sentencia SU-396 de 2024. [2] La parte resolutiva de la sentencia SU-396 de 2024 es la siguiente: �
  5. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia de 11 de octubre de 2023, proferida por la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia.
  6. SEGUNDO. TUTELAR el derecho al debido proceso del Club . En consecuencia, DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTO las sentencias de 28 de septiembre de 2022 y de 28 de marzo de 2023, ambas proferidas por la Sala de Descongesti�n N�mero 3 de la Sala de Casaci�n Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Esto exclusivamente respecto de la orden de reintegro del jugador Luis al Club . En los dem�s aspectos, dichas decisiones y las �rdenes all� proferidas se mantienen inmodificables y con efecto de cosa juzgada.
  7. TERCERO. DISPONER que, en el t�rmino de treinta (30) d�as, contados a partir de la notificaci�n de esta sentencia, la Sala de Descongesti�n N�mero 3 de la Sala de Casaci�n Laboral de la Corte Suprema de Justicia adopte nuevas decisiones en lo que respecta a la mencionada orden de reintegro. Esto de conformidad con lo previsto en esta sentencia.
  8. CUARTO. DESVINCULAR a Camilo , Catalina , Pedro y la Procuradur�a Delegada para Asuntos del Trabajo y de la Seguridad Social, por las razones expuestas en esta providencia.
  9. QUINTO. EXHORTAR al Congreso de la Rep�blica y al Gobierno Nacional para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales, regulen la materia relativa a la protecci�n de los derechos laborales de los deportistas profesionales respecto de los riesgos ocupacionales derivados de lesiones f�sicas que los inhabilitan para la pr�ctica competitiva.
  10. SEXTO. LIBRAR , a trav�s de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, la comunicaci�n de que trata el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991 �. [3] Sala de Descongesti�n n.� 3 de la Sala de Casaci�n Labora de la Corte Suprema de Justicia, Sentencia 1234 de 2025, p. 16. [4] Ib. [5] Corte Constitucional, Sentencia SU-396 de 2024, citada en la sentencia ibidem . [6] Ib. [7] Seg�n la Sentencia 1234 de 2025, la Sala de Descongesti�n ofici� al Club para que informara si exist�a la posibilidad de reintegrar o de reubicar al futbolista y a la Junta Nacional de Calificaci�n de Invalidez para que valorara al se�or Luis . [8] Sala de Descongesti�n n.� 3 de la Sala de Casaci�n Laboral de la Corte Suprema de Justicia, Sentencia 1234 de 2025, p. 27. [9] Ib., p. 29. [10] El poder para actuar que mencion� la apoderada no fue allegado con la solicitud. Sin embargo, la Corte indic� que deb�a remitir los documentos a la autoridad judicial competente. [11] Primera s olicitud de cumplimiento y de desacato, p. 22. [12] Ib. [13] Los argumentos en los que el Club bas� esta primera solicitud fueron sintetizados en el Auto 1659 de 2025. [14] En la solicitud excepcional de verificaci�n directa de cumplimiento sub examine , el apoderado del Club enunci� como anexo el Auto 678 de 2025, por medio del que la Sala de Decisi�n de Tutelas n.� 1 de la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia habr�a adoptado una decisi�n con ocasi�n del Auto 1659 de 2025. Sin embargo, no lo aport�, tal y como lo constat� la Secretar�a General de la Corte Constitucional mediante constancia secretarial de 11 de mayo de 2026. En esa medida, por medio del Auto de 19 de mayo de 2026, la magistrada ponente ofici� a la Sala de Decisi�n de Tutelas mencionada, para que remitiera copia de las actuaciones que adelant� con ocasi�n del Auto 1659 de 2025. Por esto, el 25 de mayo de 2026, esa autoridad remiti� los documentos que la Sala sintetiza en este apartado. [15] Expediente digital remitido por la secretaria de la Sala de Casaci�n Penal, archivo �0005Memorial.pdf�, p. 7. [16] Ib. [17] Ib. [18] Expediente digital remitido por la secretaria de la Sala de Casaci�n Penal, archivo �0007Auto.pdf�, p. 9. [19] Ib. [20] Expediente digital, archivo �Solicitud_Extraordinaria_de_Cumplimiento.pdf�, p. 1. [21] Ib., pp. 1 y 2. [22] Ib., p. 2. [23] Ib., p. 10. [24] Ib. [25] Ib., pp. 10 y 11. [26] Ib., p. 11. [27] Ib. [28] Ib. [29] Ib. [30] Ib., p. 12. [31] Ib. [32] Ib. [33] Ib. [34] Ib. [35] Ib., p. 13. [36] La Sala Plena reiterar� las consideraciones expuestas en el Auto 1659 de 2025. [37] Corte Constitucional, Auto 001 de 2021. [38] Corte Constitucional, Auto 663 de 2023. [39] Corte Constitucional, Auto 707 de 2024. [40] Cfr . Corte Constitucional, autos 615A de 2019, 020 de 2016, 235 de 2016, 032 de 2011 y 275 de 2011, entre otros.� [41] Ib. [42] Corte Constitucional, Auto 288 de 2020. Cfr . Auto 054 de 2021. [43] Corte Constitucional, autos 136A de 2002, 032 de 2011 y 195 de 2019. [44] Id. [45] En lo pertinente, la Sala Plena reiterar� las consideraciones expuestas en los autos 522 de 2026 y 1659 de 2025. [46] Corte Constitucional, auto 615A de 2019. Cfr. Autos 1014 de 20
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.